La catástrofe aérea trastoca vidas en cuestión de segundos. Para los supervivientes y los allegados de las víctimas, la personación como partie civile (parte civil en el proceso penal francés) es con frecuencia el primer acto jurídico de un procedimiento que puede prolongarse más de una década.
Resumen
- La personación como parte civil da acceso al expediente de instrucción y el derecho a solicitar diligencias.
- Pueden personarse las víctimas directas y sus causahabientes (cónyuge, padres, hijos, hermanos).
- Se efectúa mediante declaración en secretaría, por carta certificada o en la vista.
- El plazo para personarse corre hasta la vista de juicio oral.
El marco jurídico
El artículo 2 del Code de procédure pénale (Código de Procedimiento Penal francés) dispone que:
La acción civil en reparación del daño causado por un crimen, delito o infracción pertenece a todos quienes hayan sufrido personalmente el perjuicio causado directamente por la infracción.
Esta definición, aparentemente sencilla, ha dado lugar a una jurisprudencia extensa en materia de catástrofes aéreas. La Cour de cassation (Tribunal Supremo francés) reconoce la condición de víctima no solo a los pasajeros y a sus familiares directos, sino también a las personas unidas por un vínculo afectivo acreditado (pareja de hecho, hermanastros, padrastros en determinados supuestos).
¿Quién puede personarse como parte civil?
Las víctimas directas
Los pasajeros supervivientes, pero también las personas lesionadas en tierra. El perjuicio corporal da derecho a una indemnización íntegra.
Los causahabientes
En caso de fallecimiento, pueden personarse como parte civil:
- el cónyuge y el conviviente de hecho;
- la pareja de hecho notoria;
- los hijos, incluidos los adoptivos;
- los padres y abuelos;
- los hermanos;
- en su caso, otros allegados que acrediten un perjuicio moral.
Cada uno de estos familiares sufre un perjuicio propio: perjuicio de afección, perjuicio económico para las personas a cargo, perjuicio de acompañamiento.
Las personas jurídicas
Las asociaciones de defensa de las víctimas pueden personarse como parte civil bajo determinadas condiciones. Las compañías aseguradoras subrogadas en los derechos de sus asegurados también pueden intervenir.
¿Cómo personarse como parte civil?
En la práctica coexisten tres vías.
La personación por vía de acción
Cuando no existe ningún procedimiento abierto, la víctima puede presentar denuncia con personación como parte civil ante el decano de los jueces de instrucción. Este procedimiento da lugar a la apertura de una information judiciaire (instrucción judicial penal).
Conlleva el depósito de una fianza, modulada en función de los recursos de la parte civil, que puede ser reducida o dispensada para las personas en situación de precariedad.
La personación por vía de intervención
En las catástrofes aéreas es la vía mayoritaria. En general, el parquet (ministerio fiscal) abre una instrucción desde el momento del siniestro. La víctima se persona entonces durante la instrucción, mediante carta certificada dirigida al juez de instrucción.
La personación en la vista
Es posible, pero menos ventajosa, ya que no permite beneficiarse de la instrucción. La declaración puede realizarse antes de las conclusiones del ministerio fiscal.
Los derechos de la parte civil
"Personarse como parte civil supone pasar de espectador a actor del procedimiento. Confiere el derecho a comprender, a solicitar, a impugnar, a alegar."
Una vez personada, la parte civil goza de derechos amplios:
- El acceso al expediente de instrucción, a través de su abogado.
- El derecho a solicitar diligencias de instrucción (interrogatorios, peritajes, registros).
- El derecho a impugnar las resoluciones del juez de instrucción ante la sala de instrucción.
- El derecho a asistir a las vistas y a alegar en la vista de juicio oral.
- El derecho a la reparación íntegra de los perjuicios sufridos.
Los perjuicios indemnizables
El derecho francés consagra el principio de la reparación íntegra. Los perjuicios indemnizables son numerosos y se clasifican conforme a la denominada nomenclatura Dintilhac.
Perjuicios patrimoniales
- Gastos médicos y de hospitalización;
- Gastos de entierro;
- Pérdida de ganancias profesionales;
- Pérdida de ingresos para los causahabientes;
- Gastos diversos (desplazamientos, peritaje, traducción).
Perjuicios extrapatrimoniales
- Sufrimientos padecidos;
- Perjuicio estético;
- Perjuicio de disfrute;
- Perjuicio de afección (para los allegados);
- Perjuicio de acompañamiento (para los allegados de una víctima superviviente con secuelas).
La valoración de estos perjuicios exige en general un peritaje médico y económico y es objeto de discusiones técnicas en profundidad.
La articulación con la indemnización directa por la compañía aérea
El Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, ratificado por Francia, impone a las compañías aéreas una indemnización rápida en caso de muerte o lesión de un pasajero. Dicha indemnización, hasta el límite de 128.821 derechos especiales de giro por pasajero (aproximadamente 160.000 euros), se debe sin necesidad de acreditar culpa.
Por encima de ese límite, la compañía puede exonerarse demostrando la ausencia de falta. La personación como parte civil en vía penal y la acción civil paralela siguen siendo las vías privilegiadas para obtener una indemnización íntegra.
En resumen
La personación como parte civil es un acto técnico que compromete durablemente a la víctima en el procedimiento penal. Bien llevada, abre considerables palancas de información y de acción.
Para las familias que se enfrentan a una catástrofe aérea, el acompañamiento por un abogado especializado permite afrontar con serenidad un procedimiento largo y complejo. El despacho interviene en cada etapa, desde la presentación inicial de la denuncia hasta la defensa oral ante el tribunal de enjuiciamiento.
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Preguntas frecuentes
Para ir más allá
- ¿Quién puede personarse como parte civil tras un accidente de aviación?
- Toda persona que haya sufrido personalmente el perjuicio causado directamente por la infracción puede personarse como *partie civile* (parte civil en el proceso penal francés), conforme al artículo 2 del Code de procédure pénale. Esto incluye a los supervivientes, a sus familiares directos, cónyuge, padres, hijos, hermanos y personas que convivían con la víctima.
- ¿En qué momento puede uno personarse como parte civil?
- En cualquier momento del procedimiento, desde la presentación de la denuncia hasta la vista oral. Una personación temprana permite acceder al expediente, solicitar diligencias de instrucción e influir en la orientación de la investigación.
- ¿Puede la parte civil ser indemnizada si el acusado es absuelto?
- Sí, en determinadas condiciones. Desde la ley del 8 de julio de 1983, el tribunal correctionnel (tribunal correccional francés) puede, en caso de absolución penal, conceder una reparación a la parte civil sobre la base de la responsabilidad civil, cuando los elementos del proceso permiten acreditar una falta civil.